A fin de contribuir a una mayor inclusión y equidad en el acceso a la educación superior, la senadora Geovanna Bañuelos presentó una iniciativa para que las universidades privadas otorguen becas de manutención que no estén condicionadas a un promedio específico.
Mediante una reforma a los artículos 1, 3, 6, 8, 10 y 37 de la Ley General de Educación Superior (LGES) se busca incorporar acciones afirmativas, medidas de nivelación, becas de manutención no dependientes del promedio y denominar a las instituciones privadas de educación superior como autoridades responsables en la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Geovanna Bañuelos, coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo afirmó que cuando la educación superior no es universal y, sobre todo, cuando únicamente las élites acuden a las universidades privadas, como es el caso de México, se contribuye en perpetuar la desigualdad socioeconómica en México.
Por lo que resulta necesario implementar políticas y medidas para garantizar una mayor inclusión y equidad en el acceso a la educación superior.
Por ello, explicó que su propuesta legislativa promovida también por la senadora Cora Pinedo Alonso y el senador Joel Padilla Peña, pretende abordar estas desigualdades y promover un mayor acceso y equidad en la educación superior, mediante cambios a las políticas de admisión y financiamiento en las universidades privadas, tales como:
1- Establecer que los particulares que prestan servicios de educación superior tienen la obligación de cumplir y respetar la Ley General de Educación Superior (LGES) (Reforma artículo 1º, fracción I, LGES)
2- Se mandata que la educación deberá contribuir a la inclusión y justicia social mediante el desarrollo social, cultural, científico, tecnológico, humanístico y económico del país. (Reforma a la fracción II del artículo 1º de la LGES)
3- Se mandata a las instituciones particulares de educación superior a promover y respetar el derecho humano a la educación superior y se les convierte en autoridades responsables en materia de la Ley de Amparo (Reforma al artículo 3º de la LGES)
4- Se definen acciones afirmativas y medidas de nivelación para homologarlas con la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. Asimismo, se adaptan para evitar la discriminación por motivos socioeconómicos en las universidades privadas, al momento de elaborar las becas (Reforma al artículo 3º de la LGES)
5- Se establece el interés superior del estudiante, en materia económica (Reforma al artículo 8º)
6- Se crean becas de manutención que deberán ser equiparables a tres salarios mínimos mensuales, en caso de que la universidad solicite al alumno no trabajar o le pida un promedio en específico (Reforma al artículo 10 de la LGES).
“Una de las principales barreras para el acceso a la educación superior en universidades privadas es el costo de la colegiatura y otros gastos asociados como el hospedaje, los libros y las actividades extracurriculares. Los estudiantes en situación de pobreza pueden verse desfavorecidos en el acceso a estas instituciones debido a sus limitaciones económicas”, mencionó Geovanna Bañuelos.
Por lo que llamó a resolver de raíz estos factores, ya que pueden contribuir a una brecha en el rendimiento académico entre los estudiantes en situación de pobreza y sus pares de mayores ingresos.
“Para abordar estas desigualdades y promover un mayor acceso y éxito en la educación superior, es esencial implementar políticas públicas y acciones afirmativas que apoyen a los estudiantes en situación de pobreza y les brinden las herramientas y recursos necesarios para alcanzar su máximo potencial académico y, sobre todo, ejercer sus derechos fundamentales”, concluyó la legisladora por Zacatecas.
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