A fin evitar errores o duplicidades en el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPDNO); el Banco Nacional de Datos Forenses y el Centro Nacional de Identificación Humana adscrito orgánicamente a la Comisión Nacional de Búsqueda, la senadora Geovanna Bañuelos propuso reformas a la Ley General de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.
La coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo explicó que la iniciativa busca hacer efectivo el principio de progresividad de los derechos humanos al establecer en la ley las medidas de no repetición señaladas en la recomendación 238/2023 de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) sobre el caso de violaciones a los derechos humanos de toda persona a ser buscada, localizada e identificada, y del derecho a la seguridad jurídica.
Para ello, detalló Geovanna Bañuelos, se proponen modificaciones para plantear directrices que permitan recabar, consolidar y corregir errores en la información en el RNPDNO; y diseñar y proponer mecanismos de coordinación y colaboración entre autoridades de los 3 niveles de gobierno.
Lo anterior para acceder sin restricciones a la información necesaria para realizar la búsqueda de personas desaparecidas o no localizadas y con ello, llevar a cabo las acciones en la búsqueda de estas personas.
“También se propone adicionar un nuevo párrafo cuarto al artículo 87; con el objetivo de establecer los lineamientos para la consulta de datos del Registro Nacional de Personas Desaparecidas vía remota y para la corrección de información errónea en el registro de las Personas Desaparecidas y No Localizadas por parte de sus familiares”, especificó la legisladora.
Asimismo, se busca introducir en el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas que deberá contar con los mecanismos para identificar la duplicidad de información, así como para la corrección de información errónea respecto de las personas desaparecidas y no Localizadas.
Obligar a las autoridades de las entidades federativas y de la federación la corrección de información errónea respecto de personas que están desparecidas.
Geovanna Bañuelos recordó que el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas es una herramienta prevista en la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, cuya administración y coordinación corresponde a la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas.
Actualmente, el RNPDNO indica un total de 115 mil 105 personas desaparecidas y no localizadas; de las cuales 103 mil 095 son personas desaparecidas (89.57%) y 12 mil 010 (10.43%) personas no localizadas.
“La desaparición forzada de personas es un crimen que lesiona a las familias de las víctimas y a la sociedad en su conjunto, de manera continua y permanente”, sostuvo la senadora.
Por ello, Geovanna Bañuelos enfatizó que es necesario fortalecer las herramientas para la coordinación entre las autoridades de los distintos órdenes de gobierno para realizar las labores de búsqueda de personas.
La iniciativa fue turnada a las comisiones unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos, Segunda.
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